Atentos a las novedades de la declaración de renta 2015

Declaración de Renta 2015

A partir de hoy, 6 de abril, los contribuyentes podremos solicitar el correspondiente borrador para el ejercicio 2015. Si queremos presentarla de forma online, lo podremos hacer a partir del 6 de abril. Si queremos presentarla de manera presencial tendremos que esperar al 10 de mayo.

En esta entrada del blog de Rambla Abogados & Asesores, queremos destacar las principales novedades de la declaración de renta 2015:

Empezaremos por informaros que Programa Padre ha sido sustituido por un programa más versátil y fácil de usar, Renta Web. No obstante, los autónomos y aquellas personas que obtienen rendimientos de actividades económicas, tendrán que presentar la declaración mediante el Programa Padre. Queremos resaltar que ni desaparece ni el borrador ni el Programa Padre, sino que ambos modelos se integran dentro de Renta Web ofreciendo un servicio más dinámico e interactivo.

1. Rendimientos de trabajo

Desaparece la reducción general de 2.652 euros, por obtención de rendimientos del trabajo. Se aprueba un nuevo gasto deducible de 2.000 euros en concepto de otros gastos.

2. Planes de pensiones

Se ha reducido la cantidad límite que se puede aportar, pasando de 10.000 a 8.000 euros, siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, independientemente de la edad.

3. Deducción para familias numerosas o con dependientes

Las familias con tres hijos o más tendrán una deducción adicional de 1.200 euros al año, una cantidad que pueden percibir en un solo pago o de forma anticipada a razón de 100 euros al mes, tal y como cobran desde hace años las madres trabajadoras con hijos de 0 a 3 años (ayuda que también se mantiene).

4. Deducciones que se eliminan

  • La deducción por cuenta ahorro-empresa.
  • La deducción por alquiler de vivienda habitual.
  • La deducción por cuotas de afiliación y demás aportaciones a partidos políticos.

 

No tienen obligación de presentarla

Los contribuyentes con ingresos inferiores a 22.000 euros. Si tienen más de un pagador hay que tener en cuenta que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes no puede superar los 1.500 euros.

Fechas a tener en cuenta

  • 6 abril:Inicio de la campaña.
  • 4 de mayo: Comienza la petición de cita previa para ayuda y atención física en oficinas.
  • Desde el 10 de mayo: presentación de la declaración de la renta de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
  • 25 de junio:último día para presentar la declaración con domiciliación bancaria.
  • 30 de junio:fin de la campaña 2015.

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