Las Inspecciones de Hacienda

Untitled design (2)Las tres palabras que más teme un autónomo o pyme son las siguientes: Inspección de Hacienda. Y es normal, ya que todo el mundo teme que por cualquier motivo Hacienda le haga pagar una multa o un recargo.

Sin embargo, las inspecciones son lo más normal del mundo, sobre todo si eres autónomo. Ten en cuenta que, según estimaciones, un 75% de la plantilla de inspectores se dedica a “vigilar” a los autónomos. Debido a que la economía sumergida ha aumentado en miles de millones, intentan cortarlo de raíz poniendo a raya al sector del autónomo.

En principio debemos distinguir entre:

1.- Las comprobaciones limitadas, que consisten en la verificación de datos y que son las que aparecen por pedir, por ejemplo, el NIF intracomunitario o por pedir la devolución de IVA, etc.

2.- La inspección  pura y dura
que suelen finalizar con la emisión de un ACTA de Infracción.

Las inspecciones de Hacienda comienzan casi siempre con el envío de una notificación a través de una carta. No se va a presentar nadie en tu casa ni en tu local, simplemente te van a enviar una carta que más te vale no dejar pasar.

En ese documento podrás encontrar todos los datos de la inspección:

– Lugar, fecha y hora de la cita en Hacienda para comparecer ante el inspector.
– Datos completos, nombre y apellidos o razón social de tu negocio.
– Impuestos que el inspector va a revisar y ejercicios fiscales afectados.
– Alcance de la actuación (parcial o general).
– Aclaración de que no podrás prescribir ninguna deuda tributaria a partir del día en el que recibes la notificación.
– Plazo en el que debes enviar toda la documentación.
– Lugar, fecha y datos del inspector.

Estos son algunos de los motivos que pueden hacer disparar algunas alarmas en Hacienda:

1. Si gasta mucho más de lo que ingresa durante un tiempo prolongado

No es muy normal mantener un negocio que pierde dinero durante un tiempo prolongado. Puede tener un período complicado o un inicio difícil, pero perder dinero durante mucho tiempo no es normal.

Si una empresa declara muchos más gastos que ingresos durante mucho tiempo, Hacienda puede sospechar que existe la posibilidad de que el negocio no esté declarando todos los ingresos.


2. Si solicita la devolución del IRPF o IVA

A las pymes y autónomos no les gusta pagar impuestos y a Hacienda no le gusta nada devolverlos.
Por este motivo cuando la declaración de IVA o IRPF sale a devolver, querrán asegurarse de que todo está correcto. Y cuánto mayor sea el importe a devolver, más opciones habrá de que decidan a visitar su negocio.

3. Si los datos entre modelos anuales  y modelos trimestrales no cuadran

Los modelos anuales de IVA, IRPF,…. (390, 190,…) son modelos informativos que sirven de resumen de toda la actividad que has tenido durante el año.

El resultado de las declaraciones trimestrales (modelo 303, 130, 111..) que vas realizando al término de cada trimestre, deben cuadrar exactamente con el resultado de los modelos anuales. Si no cuadran Hacienda puede decidir visitar tu pequeño negocio para investigar los motivos.

4. Exceso de gastos deducibles

En ocasiones los autónomos se ven tentados a incluir muchos gastos como deducibles, como ropa, comidas que no son de empresa, viajes… Si se excede, lo más posible es que sospechen que algo ocurre y vengan a visitarle.

5. Solicitud de subvenciones

La Agencia Tributaria dispone de información de todas las subvenciones públicas que se otorgan (a quien, por cuenta cantidad…). Algunas están exentas de tributación y otras no, por lo que hay que tener cuidado con declararlas correctamente.

6. Solicitar el NIF Intracomunitario

Es bastante probable que si solicitas el NIF intracomunitario, tengas una inspección de Hacienda.

La AEAT puede (y suele) comprobar si los autónomos y pymes  que solicitan dicho NIF realmente lo necesita un NIF para operar fuera de España. En este caso, un inspector realizará una visita para verificar los datos.

7. Inspección aleatoria: Hacienda hace inspecciones aleatorias a todas las empresas y pymes de España.
8.- Por aparecer en el 347 (operaciones con terceros de más de 3005,60€) de un inspeccionado grave por la fiscalía o por el Sepblac (blanqueo de capitales. Se deriva a la AEAT para ver relaciones y posibles ramificaciones.

9.- Por cambiar de territorio dentro de España: si cambias el domicilio fiscal, las administración saliente puede querer comprobar que todo está en orden.

10.- Por denuncia de un tercero.

Por otro lado, también despierta el interés de la Agencia Tributaria el dejar sociedades inactivas y crear nuevas sociedades paralelas. Si existen deudas tributarias pendientes, podría dar lugar a la apertura de un expediente de derivación de responsabilidad, o de sucesión de empresas. También los inspectores se fijan en si se producen operaciones entre sociedades matrices y filiales residentes en España y el Extranjero o se constata la utilización de paraísos fiscales como domicilio a efecto de pagos impuestos.

Finalmente, están las declaraciones no presentadas. La Agencia Tributaria tiene alertas para los contribuyentes que presentaron su declaración los años anteriores y que dejan de presentarlo. Se debe presentar siempre que se esté en los límites de renta que obligue a ello.

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