{"id":909,"date":"2015-04-20T10:05:53","date_gmt":"2015-04-20T10:05:53","guid":{"rendered":"http:\/\/www.ramblaabogadosyasesores.com\/?p=909"},"modified":"2015-04-20T10:05:53","modified_gmt":"2015-04-20T10:05:53","slug":"teletrabajo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ramblaabogadosyasesores.com\/ca\/teletrabajo\/","title":{"rendered":"Teletrabajo. Normativa, pros y contras."},"content":{"rendered":"<h2><strong><img decoding=\"async\" class=\"  wp-image-913 alignleft\" src=\"http:\/\/www.ramblaabogadosyasesores.com\/wp-content\/uploads\/2015\/04\/home-office-569153_1280-300x200.jpg\" alt=\"teletrabajo\" width=\"211\" height=\"140\" \/>Teletrabajo. Normativa, pros y contras.<\/strong><\/h2>\n<p>El teletrabajo o trabajo a distancia, es la acci\u00f3n que se realiza cuando se trabaja en un lugar diferente que no es la oficina central. Con la utilizaci\u00f3n de las nuevas herramientas inform\u00e1ticas, es posible una mejor calidad a la hora de establecer comunicaciones de forma remota y la oportunidad de trabajar de forma no presencial utilizando las TIC.<\/p>\n<p>En Espa\u00f1a, es un concepto muy poco desarrollado pero si est\u00e1 regulado. Aparece recogido en el <a href=\"http:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-1995-7730\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">art\u00edculo 13 del Estatuto de los Trabajadores<\/a>, \u00a0explicado a lo largo de cinco puntos. Por el momento el Gobierno ha descartado la necesidad de desarrollarlo m\u00e1s ampliamente.<\/p>\n<p>Actualmente los requisitos que tiene que cumplir un teletrabajador son:<\/p>\n<ol>\n<li>Debe existir un acuerdo formalizado por escrito entre el trabajador y la empresa, tiene que estar incluido en el contrato de trabajo. En los casos en los que el teletrabajo se acuerde en una relaci\u00f3n laboral ya en marcha, tambi\u00e9n deber\u00e1 remitirse el acuerdo firmado a la oficina de empleo y a los representantes legales de los trabajadores si los hubiera, del mismo modo que un contrato nuevo, como establece el art\u00edculo 8.3 del Estatuto.<\/li>\n<li>Mismas obligaciones y condiciones que los que los trabajadores que ejercen su profesi\u00f3n el centro de trabajo. La ley establece que tendr\u00e1n el sueldo que se reconozca a su categor\u00eda, que ser\u00e1n informados de los puestos vacantes en la empresa, que se beneficiar\u00e1n de\u00a0 los planes de formaci\u00f3n que se pongan en marcha para los trabajadores y que su puesto de trabajo tambi\u00e9n deber\u00e1 cumplir los requisitos de seguridad requeridos para un trabajo de esa naturaleza.<\/li>\n<\/ol>\n<p>La crisis est\u00e1 ayudando a que las empresas espa\u00f1olas dejen de lado esta modalidad\u00a0de trabajo y deja de lado\u00a0la idea de que s\u00f3lo es posible trabajar en la oficina. Pero las empresas no son conscientes que no tener a los empleados a la vista puede tener m\u00e1s beneficios de los esperados:<\/p>\n<ul>\n<li>Ahorro de costes. Tiene menos gastos en la oficina y elimina el gasto de tener que pagar el plus por transporte al trabajador, supone el 50% m\u00e1s barato.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Ahorro de tiempo. El trabajador tiene la absoluta libertad de conciliar y organizar su vida laboral y personal o familiar, tambi\u00e9n supone el ahorro de desplazamientos en cuanto a tiempo y dinero.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Responsabilidad social. El teletrabajo favorece la salud laboral de los empleados.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Incremento de la productividad. Est\u00e1 comprobado que las empresas que ponen en marcha el teletrabajo incrementa la productividad de sus empleados, son m\u00e1s eficaces y est\u00e1n m\u00e1s motivados.<\/li>\n<\/ul>\n<p>El trabajo a distancia tambi\u00e9n tiene inconvenientes, como los problemas que pueden surgir en la organizaci\u00f3n del trabajo, y a nivel personal del trabajador cuando se produce una confusi\u00f3n entre el trabajo y la vida familiar, y la falta de contacto con otras personas mientras se trabaja y tambi\u00e9n posiblemente inform\u00e1ticos, por el hecho de implantar el sistema en un lugar distinto a la oficina central.<\/p>\n<p><strong><span style=\"text-decoration: underline\">El contrato de trabajo<\/span><\/strong><\/p>\n<p>En el contrato de trabajo tiene que venir indicado que se trabaja a distancia, y el lugar donde se trabaja.\u00a0El contrato puede ser\u00a0indefinido\u00a0o\u00a0temporal. Como se puede ver en este modelo\u00a0en la cl\u00e1usula primera existe el espacio para indicar d\u00f3nde se va a trabajar.\u00a0Actualmente se ha eliminado la necesidad que un visado administrativo especial para elaborar estos contratos, y por tanto, se tienen que registrar en el Servicio P\u00fablico de Empleo, como todo el resto de contratos.\u00a0Los\u00a0Convenios Colectivos\u00a0pueden adem\u00e1s establecer reglas especiales para estos casos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.ramblaabogadosyasesores.com\/wp-content\/uploads\/2015\/04\/teletrabajo.png\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-medium wp-image-911\" src=\"http:\/\/www.ramblaabogadosyasesores.com\/wp-content\/uploads\/2015\/04\/teletrabajo-300x274.png\" alt=\"teletrabajo\" width=\"300\" height=\"274\" \/><\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para cualquier informaci\u00f3n contacte con <a href=\"http:\/\/www.ramblaabogadosyasesores.com\/quienes-somos\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">nuestros\u00a0asesores<\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Teletrabajo. 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