{"id":1201,"date":"2015-12-23T11:39:07","date_gmt":"2015-12-23T11:39:07","guid":{"rendered":"http:\/\/www.ramblaabogadosyasesores.com\/?p=1201"},"modified":"2015-12-23T11:39:07","modified_gmt":"2015-12-23T11:39:07","slug":"nueve-consejos-para-bajar-la-factura-fiscal-antes-de-que-acabe-el-ano","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ramblaabogadosyasesores.com\/en\/nueve-consejos-para-bajar-la-factura-fiscal-antes-de-que-acabe-el-ano\/","title":{"rendered":"Nueve consejos para bajar la factura fiscal antes de que acabe el a\u00f1o."},"content":{"rendered":"<h3><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-medium wp-image-1203\" src=\"http:\/\/www.ramblaabogadosyasesores.com\/wp-content\/uploads\/2015\/12\/Reforma-Fiscal-300x172.png\" alt=\"Reforma-Fiscal\" width=\"300\" height=\"172\" \/>Quedan apenas dos semanas para finalizar 2015. Este periodo es clave en la planificaci\u00f3n tributaria para poder pagar menos a\u00a0<a href=\"http:\/\/elpais.com\/tag\/hacienda_publica\/a\/\">Hacienda<\/a>. Las aportaciones a los planes de pensiones o los pagos por la vivienda habitual son las claves m\u00e1s conocidas para que la pr\u00f3xima primavera les pueda salir la declaraci\u00f3n de la renta a devolver, pero hay otros trucos de \u00faltima hora que hay que tener presente. Los expertos incluso recomiendan aplazar algunas operaciones al pr\u00f3ximo a\u00f1o, cuando entrar\u00e1 en vigor la \u00faltima fase de\u00a0<a href=\"http:\/\/elpais.com\/tag\/reforma_fiscal\/a\/\">la reforma fiscal<\/a>.<\/h3>\n<p>La\u00a0<a href=\"http:\/\/www.gestha.es\/\">asociaci\u00f3n de t\u00e9cnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha)<\/a>calcula que los contribuyentes podr\u00edan ahorrarse hasta 5.168 euros en la pr\u00f3xima declaraci\u00f3n de la renta si se aplican todas las desgravaciones. Para ello es necesario tener patrimonio e ingresos suficientes. Es decir, que cu\u00e1nto m\u00e1s rico sea uno m\u00e1s ventajas fiscales puede encontrar. En el cat\u00e1logo de trucos para bajar el recibo con el fisco destacan:<\/p>\n<h3>1. Deducci\u00f3n por vivienda solo para los que compraron antes de 2013<\/h3>\n<p>Los afortunados que adquirieron una vivienda antes del 31 de diciembre de 2012 podr\u00e1n deducirse hasta el 15% de las cantidades que destinaron al pago del inmueble durante el a\u00f1o, siempre que sea su residencia habitual, con el l\u00edmite del 9.040 euros.<\/p>\n<h3>2. Aportaciones a planes de pensiones<\/h3>\n<p>Recuerde que las aportaciones a sistemas de previsi\u00f3n social (<a href=\"http:\/\/elpais.com\/tag\/fondos_pensiones\/a\/\">planes de pensiones<\/a>) le ayudar\u00e1n a rebajar la factura fiscal. Podr\u00e1 deducirse de base imponible de su IRPF una parte de las aportaciones que haga a su plan de pensi\u00f3n. No obstante, la reforma fiscal que entr\u00f3 en vigor en enero de 2015 cambia los l\u00edmites que ven\u00edan funcionando hasta este a\u00f1o. El tope m\u00e1ximo de las aportaciones que se pueden deducir se ha rebajado desde los 10.000 euros con car\u00e1cter general o los 12.500 euros para los que tuvieran m\u00e1s de 65 a\u00f1os, hasta los 8.000 euros al a\u00f1o a partir de 2015. Tambi\u00e9n existe un l\u00edmite del 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de los rendimientos netos de actividades econ\u00f3micas, seg\u00fan explican los Asesores Fiscales del Colegio General de Economistas (REAF-REGAF).<\/p>\n<h3>3. Aplazar algunas operaciones a 2016<\/h3>\n<p>La reforma fiscal que rebaja los\u00a0<a href=\"http:\/\/elpais.com\/tag\/impuesto_renta\/a\/\">tipos de las rentas del trabajo y del ahorro (IRPF)<\/a>\u00a0se aplica en dos fases. Una que entr\u00f3 en vigor en enero de 2015 y se ampli\u00f3 en julio de este mismo a\u00f1o y otra que se completar\u00e1 en 2016. Esto provoca que pueda resultar m\u00e1s rentable fiscalmente aplazar decisiones al a\u00f1o que . Cabe recordar que la reforma fiscal elimin\u00f3 la exenci\u00f3n para los primeros 1.500 euros obtenidos por dividendos, por lo que a partir de 2015 la totalidad percibida tributar\u00e1 en la base del ahorro. Adem\u00e1s, las plusval\u00edas generadas en menos de un a\u00f1o, como consecuencia de una transmisi\u00f3n patrimonial, tributar\u00e1n desde 2015 en la base del ahorro, m\u00e1s reducida, frente a la tributaci\u00f3n en 2014 en la escala progresiva de base general.<\/p>\n<h3>4. El hachazo fiscal inmobiliario<\/h3>\n<p>As\u00ed es como llaman desde Gestha a una de las medidas incluidas en la nueva reforma fiscal que suprimi\u00f3\u00a0<a href=\"http:\/\/economia.elpais.com\/economia\/2014\/10\/28\/actualidad\/1414499340_021468.html\">los coeficientes de correcci\u00f3n monetaria a partir de 2015<\/a>. Estos coeficientes limitaban las plusval\u00edas que se produc\u00edan en la venta de un inmueble por el efecto de la inflaci\u00f3n. Es decir, eliminaban parte de la inflaci\u00f3n en el valor de una vivienda que, por ejemplo, se compr\u00f3 en 1992 por 35.000 euros y se vende en 2015 por 120.000 euros. Una parte de esa diferencia se debe a la inflaci\u00f3n que a efectos fiscales era matizada. Pero la <a href=\"http:\/\/elpais.com\/tag\/reforma_fiscal\/a\/\">reforma fiscal<\/a>\u00a0elimina la inflaci\u00f3n a efectos tributarios. Adem\u00e1s, se ampl\u00eda la limitaci\u00f3n de los coeficientes de abatimiento <a href=\"http:\/\/economia.elpais.com\/economia\/2014\/10\/31\/actualidad\/1414756574_263809.html\">se aplican s\u00f3lo hasta un importe de 400.000 euros<\/a>. Por tanto, los coeficientes de abatimiento siguen siendo aplicables en una buena parte de las transmisiones.<\/p>\n<p>Hay que recordar, adem\u00e1s, que las ganancias que han obtenido los mayores de 65 a\u00f1os por la venta cualquier bien, est\u00e1n exentas de tributaci\u00f3n tras la reforma fiscal. Ahora bien, esa exenci\u00f3n se producir\u00e1 siempre y cuando se destinen a la creaci\u00f3n de una renta vitalicia asegurada, con un l\u00edmite de 240.000 euros y en un plazo de seis meses. Si la venta consiste en la vivienda habitual, y usted tiene m\u00e1s de 65 a\u00f1os, la ganancia patrimonial o plusval\u00eda estar\u00e1 completamente exenta.<\/p>\n<h3>5. La solidaridad tiene premio<\/h3>\n<p>Una de las claves que no hay que olvidar a la hora de hacer la declaraci\u00f3n el pr\u00f3ximo a\u00f1o y, por tanto, hay que considerar antes de cerrar el ejercicio fiscal 2015 es la posibilidad de deducirse las aportaciones a fundaciones sin \u00e1nimo de lucro,\u00a0<a href=\"http:\/\/elpais.com\/tag\/ong_organizaciones_no_gubernamentales\/a\/\">ONG<\/a>, partidos pol\u00edticos, sindicatos, colegios profesionales&#8230; Con las nuevas\u00a0<a href=\"http:\/\/economia.elpais.com\/economia\/2014\/08\/22\/actualidad\/1408729909_458676.html\">medidas de incentivos fiscales para apoyar el micromecenazgo<\/a>, el contribuyente podr\u00e1 desgravarse un 50% de los primeros 150 euros donados y un 27,5% del resto de sus aportaciones, que aumenta al 32,5% si la cantidad donada a una misma ONG no ha disminuido desde 2013. Adem\u00e1s, est\u00e1n exentas las ganancias patrimoniales generadas si donan bienes.<\/p>\n<p>Las empresas tambi\u00e9n podr\u00e1n beneficiarse de estos incentivos al mecenazgo con deducciones de hasta el 37,5% de sus donaciones a entidades sin \u00e1nimo de lucro en el impuesto de sociedades si ha mantenido la aportaci\u00f3n en los dos a\u00f1os anteriores.<\/p>\n<h3>6. El ahorro desgrava<\/h3>\n<p>Otra de las novedades de la reforma fiscal consisti\u00f3 en crear incentivos fiscales para promover el ahorro. Entre estos mecanismos destacaban los planes ahorro 5. Este instrumento consiste b\u00e1sicamente en un plan de ahorro cuyos rendimientos est\u00e1n exentos del IRPF hasta un l\u00edmite de 5.000 euros anuales si se mantienen durante un plazo de cinco a\u00f1os. Estos productos financieros no est\u00e1n teniendo mucho \u00e9xito hasta el momento pero es una oportunidad a tener en cuenta en el futuro.<\/p>\n<p>Otras de las novedades que permite a las empresas pagar menos a Hacienda consiste en una\u00a0<a href=\"http:\/\/economia.elpais.com\/economia\/2015\/09\/17\/actualidad\/1442514899_831048.html\">reserva de capitalizaci\u00f3n. Un incentivo al ahorro<\/a>\u00a0que permite reducir la base imponible del impuesto de sociedades hasta en un 10% si las empresas constituyen una reserva indisponible y mantienen los fondos propios durante cinco ejercicios. Las pymes tambi\u00e9n podr\u00e1n aplicar una reducci\u00f3n por reserva de nivelaci\u00f3n que reduce la tributaci\u00f3n del ejercicio en previsi\u00f3n de p\u00e9rdidas en los cinco siguientes.<\/p>\n<h3>7. Planificar si sale del r\u00e9gimen de m\u00f3dulos<\/h3>\n<p>La reforma fiscal limit\u00f3 la posibilidad para aplicar el r\u00e9gimen de m\u00f3dulos \u2013el sistema que calcula los rendimientos en funci\u00f3n de una serie de factores como el n\u00famero de empleados, los metros del local o el consumo el\u00e9ctrico&#8211;. Los l\u00edmites entran en vigor en 2016 por eso, los asesores fiscales del\u00a0<a href=\"http:\/\/reaf-regaf.economistas.es\/\">Consejo General de Economistas (REAF)<\/a>recuerdan que los contribuyentes que est\u00e9n en el r\u00e9gimen de m\u00f3dulos para determinar el rendimiento neto de las actividades empresariales y en 2016 pueden continuar aplic\u00e1ndolo, les interesa decidir si les conviene seguir en este sistema o renunciar a \u00e9l.<\/p>\n<p>Los que no puedan seguir aplicando este r\u00e9gimen de estimaci\u00f3n objetiva deber\u00e1n tener en cuenta que tendr\u00e1n que cumplir con las obligaciones formales del m\u00e9todo de estimaci\u00f3n directa. Adem\u00e1s, han de tener en cuenta que si ven\u00edan aplicando el r\u00e9gimen simplificado del IVA, pasar\u00e1n a r\u00e9gimen general en este impuesto.<\/p>\n<h3>8. Compense ganancias con las p\u00e9rdidas<\/h3>\n<p>La compleja legislaci\u00f3n tributaria permite compensar las p\u00e9rdidas con las ganancias. Por eso, los afortunados que tengan dinero suficiente para invertir en Bolsa podr\u00e1n compensar las minusval\u00edas. \u00a0El final de a\u00f1o es un buen momento para hacer cuentas y compensar las p\u00e9rdidas generadas por un fondo de inversi\u00f3n, acciones o derivados financieros con las ganancias patrimoniales obtenidas. &#8220;Cabe recordar que no se podr\u00e1n adquirir esos mismos valores o similares en los dos meses posteriores a la venta&#8221;, recuerda.<\/p>\n<p>La reforma fiscal, adem\u00e1s, elimin\u00f3 las restricciones para compensar rendimientos de capital mobiliario con ganancias y p\u00e9rdidas patrimoniales. As\u00ed desde este a\u00f1o se podr\u00e1n compensar los rendimientos negativos del capital mobiliario (acciones, fondos de inversi\u00f3n) con las ganancias patrimoniales (venta de inmuebles u otro patrimonio). El porcentaje de compensaci\u00f3n para el presente a\u00f1o ser\u00e1 de un 10%, mientras que para 2016, 2017 y 2018 ser\u00e1 del 15%, del 20% y del 25%, respectivamente.<\/p>\n<p>Por tanto, si existe rendimiento de capital mobiliario positivo es recomendable estudiar la materializaci\u00f3n de las p\u00e9rdidas en venta de acciones y otros productos patrimoniales, o bien si existen ganancias patrimoniales, compensar con rendimientos negativos de capital mobiliario.<\/p>\n<h3>9. Incentivos para los emprendedores<\/h3>\n<p>El paquete de novedades fiscales de este a\u00f1o tambi\u00e9n favorece a los inversores en nuevas empresas. El REAF recuerda &#8220;invertir en empresas de nueva o reciente creaci\u00f3n. Podemos deducir el 20% de las cantidades satisfechas por suscripci\u00f3n de participaciones en estas entidades y sometidas a una serie de requisitos&#8221;.<\/p>\n<p>Esta deducci\u00f3n proviene de la\u00a0<a href=\"http:\/\/elpais.com\/tag\/ley_apoyo_emprendedores\/a\/\">ley de emprendedores de 2013<\/a>\u00a0que establec\u00eda incentivos fiscales para los denominados\u00a0<a href=\"http:\/\/elpais.com\/tag\/padrino_inversor\/a\/\"><em>business angels<\/em><\/a>\u00a0\u2013inversores que aportan para el inicio de una actividad de modo que se puedan crear nuevas sociedades incorporando a su accionariado, dentro de los tres a\u00f1os desde su constituci\u00f3n\u2013. Estos inversores deben mantener su participaci\u00f3n entre tres y 12 a\u00f1os.<\/p>\n<p>&#8220;Estas inversiones permiten una deducci\u00f3n del 20% en la cuota estatal del IRPF de la inversi\u00f3n realizada al suscribir las acciones o participaciones de la sociedad, siendo la base m\u00e1xima de la deducci\u00f3n de 50.000 euros anuales, limitada a una participaci\u00f3n, junto con su c\u00f3nyuge y familiares, hasta el segundo grado incluido, nunca superior al 40% del capital de la entidad y cuyos fondos propios tampoco podr\u00e1n superar los 400.000 euros al inicio del per\u00edodo de la entidad en que el inversor adquiera las acciones&#8221;, precisan desde la Asociaci\u00f3n de t\u00e9cnicos de Hacienda. Adem\u00e1s, tendr\u00e1n una exenci\u00f3n de la plusval\u00eda al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para cualquier consulta no dude en ponerse en <a href=\"http:\/\/www.ramblaabogadosyasesores.com\/contacta\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">contacto con nosotros<\/a><\/p>\n<h6>Fuente:\u00a0economia.elpais.com\/economia\/2015\/<\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Quedan apenas dos semanas para finalizar 2015. Este periodo es clave en la planificaci\u00f3n tributaria para poder pagar menos a\u00a0Hacienda. 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