Las empresas podrán bonificarse el 40% en las cotizaciones sociales por el personal investigador

Las empresas que hacen I+D+i podrán bonificarse el 40% de las cuotas por contingencias comunes a la seguridad social. Este mecanismo permite la reducción inmediata de gastos empresariales y favorece la contratación del personal investigador. Además, se aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2013.

El resumen de los requisitos para beneficiarse de dichas bonificaciones son los siguientes:

  • Los trabajadores beneficiarios deben estar comprendidos entre los grupos 1 a 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social.
  • Con carácter exclusivo y por la totalidad de su tiempo de trabajo dichos trabajadores deben dedicarse a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica (I+D+i) conforme éstas se definen en el artículo 35 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. A estos efectos, se admitirá que hasta un 15% del tiempo dedicado a tareas de formación, divulgación o similares, compute como dedicación exclusiva a actividades de I+D+i.
  • El contrato puede ser indefinido, en prácticas o por obra o servicio determinado (en este último caso deberá tener una duración mínima de tres meses).

 

Texto integro de la norma: 

Real Decreto 475/2014, de 13 de junio, sobre bonificaciones en la cotización a
la Seguridad Social del personal investigador

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