El Boletín Oficial del Estado publica hoy la Ley de Reforma del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral y la Ley para el Fomento del Trabajo autónomo y la Economía social.
La nueva norma contribuye a la mejora de la competitividad empresarial y de la empleabilidad y promoción profesional de los trabajadores, también el aprendizaje permanente
El Ministerio de empleo publica en el BOE la entrada en vigor de esta ley a los 30 días a partir de hoy.
La nueva ley, en modo de síntesis:
– Ampliación de la tarifa plana para los autónomos (cuantía de 50€ para las contingencias comunes durante 6 meses)
– Se amplía el incentivo de los autónomos que inicien una actividad por cuenta propia y que luego contraten a trabajadores por cuenta ajena.
– En el caso de personas con discapacidad y víctimas del terrorismo o violencia de género la reducción de la cotización se amplía a 12 meses.
– Posibilidad de capitalizar hasta el 100% de la prestación por desempleo para facilitar inversión y gastos iniciales.
– Para los mayores de 30 años podrán compatibilizar durante máximo 270 días la prestación por desempleo con el alta en el RETA.
– Para facilitar la segunda oportunidad del emprendedor se amplía el plazo (desde 24 a 60 meses) de la reanudación de la prestación por desempleo cuando ya se ha iniciado la actividad por cuenta propia.
– Para autónomos económicamente dependientes (los que perciban al menos un 75% de un único cliente o empresa) podrán contratar un trabajador en circunstancias especiales relacionadas con la conciliación de la vida familiar y laboral
– Se amplían los incentivos para los familiares colaboradores. Podrán beneficiarse de una bonificación en las cuotos de la Seguridad Social en RETA durante 24 meses; 50% primeros 18 meses y el 25% los 6 meses adicionales.
FOMENTO DE LA ECONOMÍA SOCIAL
– Mayores de 30 años (35 igual o superior al 33%) habrá una bonificación de 8o0€ al año durante un máximo de tres.
– Menores de 30 años, la cuantía será de 1650€ durante el primer año. Las empresas de inserción que contraten personas con riesgo de exclusión social mantienen una bonificación de 850€ al año (máximo 3).
– Para apoyar a los trabajadores con dificultades para incorporarse al mundo laboral, recoge una nueva bonificación en las cuotas empresariales para las trabajadores de empresas ordinarios que procedan de empresas de inserción.
– La nueva ley reconoce a los centros especiales de empleo y a las empresas de inserción en los procesos de adjudicación de contratos con reserva de participación en el sector público.