Tarifa plana, ¿también para autónomos societarios?

Dos sentencias, 327/2015  y  211/2015,  del Tribunal de Justicia de Galicia han resultado a favor de la Confederación de Empresarios de Lugo (CEL) para defender el derecho de los socios de una empresa de reciente creación a beneficiarse de las bonificaciones de la Seguridad Social que viene recogidas en la Ley 11/2016 de 26 de julio de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.

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Ambas sentencias favorables obligan a la aplicación de la normativa de la Seguridad Social  a los demandantes y la reclamación de hasta 3.700 euros a aquellos autónomos societarios dados de alta tras el 24 de febrero de 2013.

Además, la Confederación de Empresarios de Lugo entiende que el criterio interpretativo de las sentencias es “aplicable a las reducciones establecidas para los autónomos mayores de 30 años en los artículos 29 y 30 de la Ley 11/2013″.

Es pronto para asegurar que los autónomos societarios puedan beneficiarse de la tarifa plana ya que dichas sentencias, tal y como informa la CEL, tienen únicamente eficacia directa para los reclamantes, aunque sirve de base para otros emprendedores

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