Ayuda pública destinada a promocionar la ocupación autónoma 2015.

Ayuda pública destinada a promocionar la ocupación autónoma 2015.

Como cada año se ha publicado la nueva convocatoria para solicitar la subvención al programa de promoción de la ocupación autónoma, con el objetivo dar la oportunidad a las personas desocupadas y convertirse en autónomos.

Algunos datos importantes de la convocatoria:

1. Pueden ser beneficiarias, personas inscritas en el SOIB  como demandantes de ocupación correspondiente al menos 2 meses justo antes del alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o régimen especial por cuenta propia

2. Se debe presentar la documentación requerida antes del 30 de mayo :

  • Solicitud de subvención de esta convocatoria y declaración responsable de veracidad de los datos aportados.
  • Memoria justificativa del proyecto empresarial completa.

 

3. Se deben cumplir las obligaciones pertinentes como beneficiarios:

  • Mantener su actividad empresarial y su alta en la seguridad social o equivalente durante al menos tres años a contar desde la fecha de alta en la seguridad social o equivalente.
  • Informar a la Dirección General de Comercio y Empresa sobre cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para conceder la subvención.
  • Comunicar la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o entidad pública o privada , nacional o internacional.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos percibidos , mientras puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
  • Reintegrar los fondos percibidos en los supuestos previstos en el artículo 44 del Decreto Legislativo 2/2005.

 

Todo la información ampliada aquí

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