Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

contratos-publico-asesoresEl pasado 9 de marzo entró en vigor la citada ley y actualmente todas las Administraciones Públicas están trabajando para adaptarse a la misma.

Los objetivos que inspiran la regulación contenida en la presente Ley son, lograr una mayor transparencia en la contratación pública, y el de conseguir una mejor relación calidad-precio, para ellos se introduce por primera vez la contratación pública electrónica con carácter obligatorio, excepto en ciertas situaciones.

Para lograr este último objetivo por primera vez se establece la obligación de los órganos de contratación de velar por que el diseño de los criterios de adjudicación permita obtener obras, suministros y servicios de gran calidad, concretamente mediante la inclusión de aspectos cualitativos, medioambientales, sociales e innovadores vinculados al objeto del contrato.

Se introducen normas más estrictas tanto en beneficio de las empresas como de sus trabajadores, de manera que las nuevas normas endurecen las disposiciones sobre esta materia en las denominadas ofertas «anormalmente bajas». Así se establece que los órganos de contratación rechazarán las ofertas si comprueban que son anormalmente bajas porque no cumplan las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral.

La normativa establece una reducción de la cuantía en los contratos menores de las diferentes Administraciones, siendo el umbral de 15.000 € en el supuesto de los contratos de servicios y suministros, y de 40.000 € cuando se trate de contratos de obras, motivo por el cual no se podrá sobrepasar dichas cuantías en la facturación a una Administración Pública, bien de forma individual o conjunta, sin mediar contrato entre ésta y una empresa. Así mismo, se introducen dos nuevos procedimientos abiertos, simplificado y súper simplificado, en los cuales se reducen los plazos de tramitación de los procedimientos y se simplifican los requisitos. Esta circunstancia provocará un incremento de los contratos públicos que se deberán licitar.

Todos los contratos que se realicen serán públicos y podrá concurrir cualquier empresa que cumpla con los requisitos que prevea el concurso licitación, es por ello que se abre una gran oportunidad a las Pymes para que puedan optar a concursos no solo en su localidad o provincia, sino a nivel nacional si salen concursos en la materia en la que esté especializada.

Por ese motivo y en aras a la ayuda de las Pymes nuestros servicios legales y de consultoría ofrecen:

Servicio de alertas a empresas, donde se les informará de las nuevas licitaciones abiertas que puedan interesarles tanto por sector como por ámbito geográfico.

Servicio de asesoramiento en la preparación y seguimiento de la licitación, a la que la empresa quiera optar.

 


Más información en:

info@ramblaasesores.com

  659737366     871954777

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