Teletrabajo. Normativa, pros y contras.

teletrabajoTeletrabajo. Normativa, pros y contras.

El teletrabajo o trabajo a distancia, es la acción que se realiza cuando se trabaja en un lugar diferente que no es la oficina central. Con la utilización de las nuevas herramientas informáticas, es posible una mejor calidad a la hora de establecer comunicaciones de forma remota y la oportunidad de trabajar de forma no presencial utilizando las TIC.

En España, es un concepto muy poco desarrollado pero si está regulado. Aparece recogido en el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores,  explicado a lo largo de cinco puntos. Por el momento el Gobierno ha descartado la necesidad de desarrollarlo más ampliamente.

Actualmente los requisitos que tiene que cumplir un teletrabajador son:

  1. Debe existir un acuerdo formalizado por escrito entre el trabajador y la empresa, tiene que estar incluido en el contrato de trabajo. En los casos en los que el teletrabajo se acuerde en una relación laboral ya en marcha, también deberá remitirse el acuerdo firmado a la oficina de empleo y a los representantes legales de los trabajadores si los hubiera, del mismo modo que un contrato nuevo, como establece el artículo 8.3 del Estatuto.
  2. Mismas obligaciones y condiciones que los que los trabajadores que ejercen su profesión el centro de trabajo. La ley establece que tendrán el sueldo que se reconozca a su categoría, que serán informados de los puestos vacantes en la empresa, que se beneficiarán de  los planes de formación que se pongan en marcha para los trabajadores y que su puesto de trabajo también deberá cumplir los requisitos de seguridad requeridos para un trabajo de esa naturaleza.

La crisis está ayudando a que las empresas españolas dejen de lado esta modalidad de trabajo y deja de lado la idea de que sólo es posible trabajar en la oficina. Pero las empresas no son conscientes que no tener a los empleados a la vista puede tener más beneficios de los esperados:

  • Ahorro de costes. Tiene menos gastos en la oficina y elimina el gasto de tener que pagar el plus por transporte al trabajador, supone el 50% más barato.
  • Ahorro de tiempo. El trabajador tiene la absoluta libertad de conciliar y organizar su vida laboral y personal o familiar, también supone el ahorro de desplazamientos en cuanto a tiempo y dinero.
  • Responsabilidad social. El teletrabajo favorece la salud laboral de los empleados.
  • Incremento de la productividad. Está comprobado que las empresas que ponen en marcha el teletrabajo incrementa la productividad de sus empleados, son más eficaces y están más motivados.

El trabajo a distancia también tiene inconvenientes, como los problemas que pueden surgir en la organización del trabajo, y a nivel personal del trabajador cuando se produce una confusión entre el trabajo y la vida familiar, y la falta de contacto con otras personas mientras se trabaja y también posiblemente informáticos, por el hecho de implantar el sistema en un lugar distinto a la oficina central.

El contrato de trabajo

En el contrato de trabajo tiene que venir indicado que se trabaja a distancia, y el lugar donde se trabaja. El contrato puede ser indefinido o temporal. Como se puede ver en este modelo en la cláusula primera existe el espacio para indicar dónde se va a trabajar. Actualmente se ha eliminado la necesidad que un visado administrativo especial para elaborar estos contratos, y por tanto, se tienen que registrar en el Servicio Público de Empleo, como todo el resto de contratos. Los Convenios Colectivos pueden además establecer reglas especiales para estos casos.

 

teletrabajo

 

 

 

 

 

 

 

 

Para cualquier información contacte con nuestros asesores

 

 

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

Comparte este artículo
Share on facebook
Share on twitter
Share on linkedin
Share on pinterest
Share on telegram
Share on whatsapp
Share on email
Share on print